Normas y Estatutos
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Reglamento de Capítulos Regionales
Los capítulos regionales de la Sociedad Chilena de Cirugía (SoChiCir) podrán formarse en aquellas regiones o provincias que cuenten con más de 10 miembros (al menos uno titular) y que así lo soliciten. Dependerán de la SoChiCir y...
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Estatutos vigentes
ARTICULO PRIMERO: Constituyese una Corporación de derecho privado regida por eltítulo treinta y tres del Libro Primero del Código Civil, que se denominará Sociedad de Cirujanos de Chile por plazo indefinido y con domicilio en Santiago.-
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Norma General sobre la organización de cursos, seminarios u otros eventos.
La Sociedad de Cirujanos de Chile es la organización que aglutina a la mayoría de los cirujanos del país.
La mayor parte de las actividades educacionales de post-título de la especialidad son organizadas por miembros de la Sociedad. Y cuando lo hacen en representación de instituciones solicitan el auspicio o el patrocinio de la Sociedad.
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Reglamento del Comité Consultivo
Artículo 1: El Comité Consultivo es la entidad que los estatutos de la Sociedad de Cirujanos de Chile reconoce en su artículo vigésimo octavo, inciso segundo. Forma parte de la organización administrativa de la Sociedad con carácter asesor y depende del Directorio de la Corporación.
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Jornadas de Residentes de Cirugía
La Sociedad de Cirujanos de Chile organizará cada año una reunión científica de los alumnos de los programas de especialización en cirugía.
A esta reunión serán invitados todos los médicos que se encuentren realizando su período de formación en cirugía general al momento de ocurrencia del evento.
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Normas generales para homenaje póstumo a miembros
Con el fin de uniformar la manera como la Sociedad de Cirujanos de Chile realizará los homenajes a sus miembros que hayan fallecido, se establece un protocolo general sobre a quién corresponde rendir homenaje y cómo será la forma oficial de hacerlo.
Será responsabilidad de Presidente en ejercicio el velar porque esta norma se cumpla.
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Reglamento del Comité de Disciplina
Artículo 1: El Comité de Disciplina es la entidad que los estatutos de la Sociedad de Cirujanos de Chile reconocen en su artículo vigésimo octavo, inciso séptimo. Forma parte de su organización administrativa con carácter asesor y depende del Directorio de la Corporación.
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Reglamento del Comité de Credenciales
Artículo 1: El comité de credenciales es la entidad que los estatutos de la sociedad de cirujanos de Chile reconocen en su Artículo vigésimo octavo, inciso primero. Forma parte de su organización administrativa con carácter asesor y depende del directorio de esta corporación.
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Reglamento General de los Departamentos
Un Departamento es una organización creada al interior de la Sociedad de Cirujanos de Chile, conformada por miembros de ella y destinada a promover el desarrollo en particular de un área específica de la cirugía, permitiendo el manejo integral de enfermedades benignas y neoplásicas que afectan a las personas, participando en la prevención, diagnóstico y tratamiento de ellas. Se fundamenta su creación en la idea de dar cabida a las inquietudes y necesidades específicas de las diversas áreas de la cirugía, que promuevan el desarrollo y mejoría continua del ejercicio de la especialidad evitando de ese modo que los cirujanos con intereses específicos migren o creen otras sociedades.
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Rol del cirujano informante de un trabajo de ingreso a la Sociedad de Cirujanos de Chile
El Trabajo de Ingreso es el requisito fundamental para que un cirujano en Chile sea aceptado como Miembro Titular de la Sociedad de Cirujanos de Chile.
El Trabajo de Ingreso es el reporte de una investigación original, nunca publicado en las revistas nacionales ni extranjeras, en cuyo universo haya tenido directa y activa participación.